Según el artículo 35 del Estatuto Orgánico de la Universidad Nacional, la conformación del Consejo Universitario es como sigue:
- El rector.
- Seis académicos, de los cuales uno procede de las sedes regionales.
- Dos administrativos.
- Tres estudiantes, electos según lo establece el Estatuto de la Feuna.
Los representantes académicos y administrativos los elige la Asamblea Universitaria.
Este órgano colegiado lo preside un miembro representante del sector académico o administrativo, quien será designado bienalmente entre sus miembros.